La nueva reforma hipotecaria del Gobierno Central no contempla la dación en pago

Han sido muchas las voces que se han elevado para que la dación en pago universal se instaurara en el sistema hipotecario español, al igual que en otros países como Francia o  Estados Unidos.

Tras la triste escalada de desahucios que desde el comienzo de la crisis económica y financiera se está padeciendo, muchos eran los que veían en este tipo de recurso, un fin digno a las penurias de las personas que se ven abocadas a dejar sus viviendas por impagos continuados. 

La Proposición de Ley que actualmente se está elaborando en el Congreso de los Diputados, desoye las presiones sociales hacia este sistema de pago que se diluye entre las demandas y enmiendas admitidas, y deja al Código de Buenas Prácticas su admisión por parte de las entidades financieras, mientras se tratan otras particularidades que pretenden reforzar a los futuros deudores. 

Entre las novedades más importantes se encuentran las de: 

  • Elevar a 4 veces el IPREM (25.300 € anuales) el umbral para acceder a las condiciones del Código de Buenas Prácticas, y siempre que se den unas circunstancias sociales muy definidas. Además el Código de Buenas Prácticas se aplicará igualmente a los avalistas hipotecarios respecto de su vivienda habitual.
  • Tal y como señalaba el Tribunal de Justicia de la UE en una Sentencia relativa a la desprotección de los ciudadanos ante cláusulas abusivas en los contratos, ahora los jueces pueden parar un proceso de desahucio hasta que se resuelva si el contrato contiene este tipo de clausulado.
  • Se modifica la subasta del inmueble y ahora no podrá subastarse por menos del 75% del valor de tasación.
  •  La entidad financiera deberá esperar al impago de tres cuotas para comenzar un proceso de ejecución, y no tienen por qué ser consecutivas.
  • Los intereses de demora (aquellos que cobran los bancos cuando el hipotecado retrasa sus pagos) se limitan al 12% (tres veces el interés legal del dinero que se cifra en el 4%), y no sólo para los intereses devengados por el impago sino también por los no pagados.

En cualquier caso, se estará a la redacción final del documento, aunque, en un principio no se esperan muchas más novedades.

Más información:

http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/acierto-abril/vivienda/noticias/4704665/03/13/El-juez-paralizara-en-diez-dias-un-desahucio-si-aprecia-abuso.html

http://www.elconfidencial.com/vivienda/2013/01/30/el-gobierno-limita-los-intereses-de-demora-al-12-pero-sin-caracter-retroactivo-113903/

 

 

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