Desde que el Consejo de Ministros aprobara un Real Decreto para paliar el problema de los desahucios en marzo de 2012 (ver artículo en el Blog del OVV:
http://viviendaeuskadi.blog.euskadi.eus/2012/03/13/el-gobierno-aprueba-un-decreto-ley-para-abordar-el-problema-de-los-desahucios/) en el que se incluía el Código de Buenas Prácticas (CBP), las entidades financieras adheridas han recibido un total de 23.983 solicitudes para facilitar la viabilidad de las deudas por vivienda habitual de particulares con problemas financieros.
De esa cifra, en 6.498 casos se ha permitido flexibilizar el pago sin abandono de la vivienda. Y en 2.124 solicitudes, (un 8,8%), se ha acordado cerrar la deuda con la dación en pago de la vivienda.
Las más de 15.000 familias restantes han corrido diferente suerte. Una parte ha visto rechazada su petición y en otros 10.000 casos, la solución ha venido por paralizar el lanzamiento de su casa durante los dos años que marca el Código.
Paralelamente al CBP funciona el Fondo Social de Viviendas al que 33 entidades financieras han aportado 5.891 viviendas para alquiler de familias en situación de especial vulnerabilidad que hayan sido desalojadas de sus viviendas por el impago de un préstamo hipotecario.
Recordemos que el alquiler de estas viviendas tiene una duración de dos años y las rentas oscilan entre los 150 € y 400 € mensuales, con un límite máximo del 30% de los ingresos netos totales de la unidad familiar.
Desde su puesta en funcionamiento en enero de 2013, tan sólo se han firmado 695 contratos, es decir, un 11,8% de las viviendas disponibles han salido al mercado de alquiler por este programa. Porcentaje escaso, sobre todo, cuando en mayo de este año, el Gobierno, decidió ampliar las circunstancias familiares y personales que permiten solicitar una vivienda al Fondo.
El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que consideró que la ley hipotecaria española aprobada en 2013 «pone en peligro» la protección del consumidor, y que el procedimiento fijado en esa legislación para oponerse a una ejecución hipotecaria «coloca al consumidor, en una situación de inferioridad en relación con el profesional”, debe producir modificaciones de calado en la legislación estatal que, actualmente, están en estudio y de las que, el propio Ministerio de Economía y Competitividad debe liderar y atender, ya que, el aumento de las solicitudes de familias para acogerse al CBP crece con las ejecuciones hipotecarias.
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